La Minería Superficial o a Tajo  o a Cielo Abierto y su Impacto al Medio Ambiente

La Minería Superficial o a Tajo o a Cielo Abierto y su Impacto al Medio Ambiente

Carlos Sención
Ing. De Minas y Metalurgia
Universidad Autónoma de México (UNAM), 1981.
CODIA No. 9089

En los años 1950 al 1990 y luego del 2005-2011 se desarrolló una pequeña, mediana  y gran minería de explotación a Cielo Abierto, con la finalidad de extraer oro, plata, plomo y zinc, para ser beneficiado por el proceso metalúrgico de Amalgamación de mercurio y después de lixiviación de Cianuro Sódico y en la actualidad en RD, el Autoclave con lixiviación en Cianuro Sódico a Cielo Abierto.

Todo lo anterior ha permitido la extracción de estos minerales de bajo contenido mineral a grandes explotaciones a Tajo Abierto, destruyendo la flora, la fauna, el paisaje, el aire, el agua, el suelo y en primer lugar, el entorno de las personas que se localizan alrededor de la extracción minera.

En la República Dominicana la Ley Minera 146 de julio del 1971, es expropiativa, esto quiere decir que los terrenos de propiedad privada, si poseen en el subsuelo o en la superficie mineralización apta para ser explotada, son declaradas de utilidad pública y vendidas en su mayoría a precios risorios a las compañías mineras nacionales e internacionales mediante el otorgamiento de una Concesión de Explotación, por la Dirección General de Minería, Ministerio de Industria y Comercio y el Poder Ejecutivo, por un período de 75 años.

La Minería Superficial, a Tajo o a Cielo Abierto es una de las actividades de extracción de mineral de bajo contenido de oro, plata, plomo y zinc, los cuales son procesados de una etapa de Amalgamación de Mercurio a lixiviación con Cianuro Sódico en Cielo Abierto.
Todo esto producido por los precios de los mercados de los años 1950-2005 que oscilaba de 300-400 dólares por onza troy, a una segunda etapa de alza paulatina y brusca del año 2005-2011  de 1,700 dólares la onza troy.

La Minería Superficial, a Tajo o a Cielo Abierto es una de las actividades de extracción de mineral de bajo contenido de oro, plata, plomo y zinc, los cuales son procesados de una etapa de Amalgamación de Mercurio a lixiviación con Cianuro Sódico en Cielo Abierto.
Todo esto producido por los precios de los mercados de los años 1950-2005 que oscilaba de 300-400 dólares por onza troy, a una segunda etapa de alza paulatina y brusca del año 2005-2011  de 1,700 dólares la onza troy.

El por que de la Minería Cielo Abierto
—Beneficio de las compañías extranjeras para la obtención de materias primas.
—Instituciones de los países (Rep. Dom.). Falta de ética en el otorgamiento de licencias ambientales y permisos de concesiones de explotación minera por 75 años.
—Existencia de una necesidad humana de solventar una producción de oro en joyería y las reservas de los bancos para mantener el poder y valor de su moneda nacional.
—Todo esto debido a la escasez y solidez de la moneda papel de cada país que debe ser soportado en el oro, debiendo enfocarse a un auge de extracción de minas de oro entre los años 2005-2011.

Daños de la Minería Cielo Abierto
—La explotación Minera a Cielo Abierto tiene un gran impacto ambiental, social y cultural.
—Es una actividad industrial insostenible por definición, en la medida en que la extracción del recurso se agota o acaba.
—La explotación a Cielo Abierto es extraer de los yacimientos mineral de menor calidad diseminadas en la corteza terrestre.
—Remueve la capa vegetal o superficial (suelo) y sobre carga la tierra para hacer accesibles los extensos yacimientos de baja calidad mineral.
—La modernización de los equipos de explotación (excavación, bandas transportadoras) permite hoy en día remover grandes cantidades de material en pocas horas, aumentando la rentabilidad de extracción de menos de un gramo de oro por tonelada de material removido.
—La devastación del terreno puede abarcar cráteres o agujeros gigantescos que oscilan de más de 150 hectáreas de extensión con 500 m de profundidad o más.
—La actividad minera mas devastadora es la Minería a Cielo Abierto, debido a los factores siguientes:
1.El tamaño de la explotación que requiere  grandes volúmenes de material removido con gran producción de desechos y aguas residuales.
2.Ubicación de lamina, el cual es el lugar donde se realiza la extracción.
3.La selección del método de explotación (bancos múltiples) que van relacionado con la orogenia del yacimiento  a extraer y que se relaciona con la naturaleza y la extensión del impacto.
Daños Ambietanles según la etapa de extracción
1.Prospección y Exploración del Yacimiento
a.Preparación de los caminos de acceso ***
b.Mapeos topográficos y geológicos
c.Montaje de campamentos e instalaciones auxiliares***
d.Trabajos geofísicos
e.Investigaciones hidrogeológicos
f.Aperturas de calicatas, trincheras (zanjas) y pozos de reconocimiento ***
g.Tomas de muestras del yacimiento
***Estas actividades son las  que producen los daños ambientales.

Exploración de yacimientos

a.Afectan la superficie: la devasta, modifica severamente su morfología del terreno, apila y deja al descubierto grandes cantidades de material estéril.
b.Produce la destrucción de áreas cultivadas y de otros patrimonios superficiales.
c.Alteración posible de cursos de aguas y forman grandes lagunas para el material de desecho.
d.Afectación del entorno en general, perdiendo su posible atracción escénica y se ve afectado por el ruido en las distintas operaciones de: trituración y molienda, generación de energía (plantas eléctricas), transporte en la carga y descarga de minerales y de material estéril sobrante de la mina.

Contaminación del aire
Esto se contamina por las impurezas sólidas. Ej. Polvo  y combustibles  tóxicos inertes, capaces de introducirse en los pulmones, originado en los diferentes procesos. Además con vapores o gases de cianuro, mercurio, dióxido de azufre, contenidos  en los gases residuales, procesos de combustión incompleta o emanaciones de charcos o lagunas de aguas no circundantes con materia orgánica en descomposición.
4. Contaminación de las Aguas superficiales y subterráneas.
Los residuos sólidos, finos originados en la zona de extracción minera dan lugar a una elevación de la capa de sedimentos en los ríos del área.
a.Diques y lagunas de oxidación mal construidos, mal mantenidos o inadecuado manejo.

b. Almacenamiento o transporte de insumos (combustibles, lubricantes, reactivos químicos y residuos líquidos), pueden conducir a la contaminación de las aguas superficiales.

4.1.  Contaminación de las Aguas Subterráneas o freáticas
   Aguas contaminadas con aceite usado, con reactivos, sales minerales originadas de las pilas o botaderos de productos sólidos residuales de los procesos de beneficio, así como aguas de lluvia contaminadas con contenidos de dichos botaderos, o aguas provenientes de pilas o diques de colas, aguas de proceso contaminadas, pueden llegar a las aguas subterráneas.
   Además, puede haber un descenso en los niveles de estas aguas subterráneas cuando son fuentes de abastecimiento de agua fresca para tratamiento de minerales.

5. Contaminación de los Suelos
La Minería a Cielo Abierto implica la eliminación del suelo en la zona de extracción y produce un resecamiento del suelo en el área circundante, así como una disminución del rendimiento agrícola y agropecuario.
También puede provocar hundimientos y la formación de pantanos en caso de que el nivel de las aguas subterráneas vuelva a subir, además provoca la inhabilitación de suelos por almacenamiento de material sobrante.

6. Contaminación de la Flora
La minería a Cielo Abierto implica la eliminación de la vegetación en la zona de las operaciones mineras, así como una destrucción parcial o una modificación de la flora en el área circunvecina, debido a la alteración del nivel freático.

. Contaminación de los Suelos
La Minería a Cielo Abierto implica la eliminación del suelo en la zona de extracción y produce un resecamiento del suelo en el área circundante, así como una disminución del rendimiento agrícola y agropecuario.
También puede provocar hundimientos y la formación de pantanos en caso de que el nivel de las aguas subterráneas vuelva a subir, además provoca la inhabilitación de suelos por almacenamiento de material sobrante.

6. Contaminación de la Flora
La minería a Cielo Abierto implica la eliminación de la vegetación en la zona de las operaciones mineras, así como una destrucción parcial o una modificación de la flora en el área circunvecina, debido a la alteración del nivel freático.
. Contaminación de los Suelos
La Minería a Cielo Abierto implica la eliminación del suelo en la zona de extracción y produce un resecamiento del suelo en el área circundante, así como una disminución del rendimiento agrícola y agropecuario.
También puede provocar hundimientos y la formación de pantanos en caso de que el nivel de las aguas subterráneas vuelva a subir, además provoca la inhabilitación de suelos por almacenamiento de material sobrante.

6. Contaminación de la Flora
La minería a Cielo Abierto implica la eliminación de la vegetación en la zona de las operaciones mineras, así como una destrucción parcial o una modificación de la flora en el área circunvecina, debido a la alteración del nivel freático.
También puede provocar una presión sobre los bosques existentes en la zona que pueden verse destruidos por el proceso de extracción o por la expectativa de que éste tenga lugar.
7. Impacto sobre la Fauna.
La fauna se ve perturbada y/o ahuyentada por el ruido y la contaminación del aire y del agua, la elevación del nivel de sedimentos en los ríos. La erosión de los amontonamientos de los residuos estériles pueden afectar la vida acuática. Puede darse un envenenamiento por reactivos residuales contenidos en aguas del área de extracción.

8. Impacto sobre las Poblaciones
La Minería a Cielo Abierto puede provocar conflictos por derechos  de utilización de la tierra, da lugar al surgimiento descontrolado de asentamientos humanos, ocasionando una problemática social y destrucción de áreas de potencial turístico.
Puede provocar una disminución en el rendimiento de las labores de pescadores y agricultores, debido al envenenamiento y cambios en el curso de los ríos por la elevación del nivel por sedimentación.
En otro orden la Minería a Cielo Abierto puede provocar un impacto económico negativo por el desplazamiento de otras actividades económicas, locales, actuales y/o futuras.
. Impacto  en el Clima
La Minería a Cielo Abierto puede producir cambios en el microclima y puede provocar una multiplicación de agentes patógenos en charcos y zonas cubiertas por aguas estancadas.
10. Restauración de la zona afectada por la Explotación.
El impacto del panorama posterior  a la extracción de la Minería a Cielo Abierto deja profundos agujeros o cráteres en el paisaje. Su eliminación puede conllevar costos elevados que pueden impedir la explotación misma, generalmente en un proceso de beneficio pirometalúrgico por lixiviación en cianuro sódico.

1. El auge de la minería Superficial o a Cielo Abierto por Lixiviación en Cianuro sódico se debe a la explotación de oro por las compañías internacionales y el aumento del precio del oro, que brindan un alto margen de utilidad cuando el precio de la onza troy de oro en los años 1950-2000 oscilaba alrededor de 200-500 dólares.

Esto es para yacimientos de oro sumamente pobres en su contenido, según la Du Port Corporation, Instituto del Oro y National Wildlife Federation de E.U., este proceso vino a sustituir el proceso de Amalgamación  con Mercurio
Todavía en R.D.  Se realiza el proceso pirometalúrgico de Autoclave combinado con lixiviación con cianuro sódico en un proceso  de “sistema abierto”, solo en E.U. se realiza el sistema cerrado.
2. Impactos Ambientales de la Explotación del Oro por Lixiviación con Cianuro Sódico.
La tecnología de lixiviar el oro con cianuro sódico tiene indirectamente grandes impactos ambientales y sociales, debido al uso del cianuro en peces, vida silvestre, los humanos, plantas y animales: absorbido por la piel, ingerido o aspirado. Además trastornan los hábitos de la vida silvestre, las cuencas hidrográficas y de los humanos.

Marco Legal Barrick Gold
Todo lo anterior no quiere decir que este en contra de la explotación minera a Cielo Abierto en la República Dominicana, sino que se respeten y se apliquen las siguientes leyes:
1.Ley 146 de Minería de julio de 1971 y su reglamento, de la Dirección General de Minería (DGM).
2.La Ley 64-00 sobre Medio Ambiente y Recursos Naturales.
3.La ley de la Dirección General de Impuestos Internos (DGII).
4.La Ley 87-00 es una ley orgánica y de aplicación general y por tanto no puede ser derogada en ninguna de sus partes por un simple contrato, aunque una de las partes firmantes sea el Estado Dominicano.
5. La Constitución en su artículo 17, numeral 4, cito: “los beneficios percibidos por el Estado por la explotación de los recursos naturales, serán dedicados al desarrollo de la Nación y de las provincias donde se encuentren en la proporción y condiciones físicas fijadas por la ley”.
6. El contrato de la Barrick Gold viola el artículo 50 de la Constitución, ya que es un monopolio o una empresa de condición dominante, donde se localiza el reclamo.
  Por tanto es demandable tanto en los tribunales dominicanos como los internacionales, para que se prohíba la explotación minera por tener en sus elementos constitutivos, la condición del crimen contra la naturaleza y la humanidad.

  Esta empresa disfruta de exoneraciones impositivas propias de un monopolio oficial sin tener tal condición.

La Constitución exige transparencia, igualdad, competitividad y equidad, sin embargo a la Barrick Gold se le da todoincluyendo los minerales, el agua, el espacio aéreo, los recursos naturales y el derecho de maltratar los pueblos y los trabajadores.
En otras palabras, el Estado Dominicano subsidia  a la Barrick Goldcomo si se tratara de un pobre ciudadano dominicano. Mientras  la micro, pequeña y mediana empresa carecen de exoneración de todo tipo, “el Gobierno Dominicano” concede todo a la Barrick Gold , constituyéndose así en un caso de real privilegio en contra del bien común, a todas luces penado por la ley.
El contrato de la Barrick Gold viola los reglamentos de ambas Cámaras Legislativas (Senado y de Diputados).
Esto es así debido a que fue aprobado apresuradamente en términos de dos o tres horas en el hemiciclo, violando  “los Reglamentos” que mandan un tiempo de 24 horas después de leído el informe de la Comisión designada para tal fin, con la finalidad de abrir la posibilidad de presentar mociones contrarias, a la luz de las nuevas informaciones como es propio de las democracias de los parlamentos.
Este contrato de grandes implicaciones financieras en la historia de la nación dominicana, fue conocido tan raudaz que silenció toda disidencia.
Este vicio de mayor ilegalidad e inconstitucionalidad representa el más grande acto de estafa públicajamás realizada por gobierno dominicano alguno a nuestro país.

Esto es así debido a que fue aprobado apresuradamente en términos de dos o tres horas en el hemiciclo, violando  “los Reglamentos” que mandan un tiempo de 24 horas después de leído el informe de la Comisión designada para tal fin, con la finalidad de abrir la posibilidad de presentar mociones contrarias, a la luz de las nuevas informaciones como es propio de las democracias de los parlamentos.
Este contrato de grandes implicaciones financieras en la historia de la nación dominicana, fue conocido tan raudaz que silenció toda disidencia.
Este vicio de mayor ilegalidad e inconstitucionalidad representa el más grande acto de estafa públicajamás realizada por gobierno dominicano alguno a nuestro país.
Las altas cúpulas de todos los partidos políticos se pusieron de acuerdo en este caso en una especie de “pacto de impunidad general” para estafar la nación dominicana.
Desde la anexión a España realizada por Pedro Santana  en 1861, podría igualar en traición a la Patria dominicana a este “contrato del Presidente Leonel Fernández con la Barrick Gold y la Gold Corp. De Canadá”.
üLa explotación  Minera  Superficial o a Cielo Abierto en la RD (Barrick Gold, Mina Pueblo Viejo, Cotuí) realiza daños al medio ambiente y al ecosistema, mediante el cambio y la transformación de la flora, fauna, aire, agua, el suelo (cultivable o no) y el hábitat humano y en general.
  
   Tanto en las etapas de exploración, explotación y beneficio o proceso pirometalúrgico: autoclave y lixiviación en contra corriente con cianuro de sodio.

 üSin temor a equivocarme, no solamente en la RD (a través de la Barrick Gold y Gold Corp. De Canadá) y el mundo, se puede emitir el axioma siguiente:
  “Toda extracción minera superficial a Tajo o a Cielo Abierto por el método de explotación de bancos múltiples, es perjudicial y dañina al medio ambiente y al ecosistema donde se realiza dicha labor minera”.
üCon relación  al yacimiento mineral de oro, plata, plomo y zinc; no es sostenible porque el yacimiento mineral es un recurso no renovable.
üTodo lo anterior expuesto no quiere decir que estoy en contra de la extracción de la Minería superficial o a Cielo Abierto, pero si que se hagan respetando el marco legal hasta ahora presentado.
Esta Exposición fue realizada por el Ing.  Minero Carlos Seción en el VII Congreso de Medio Ambiente de la Cooperativa Vega Real